El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST) fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2014 y desarrolla las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en esta materia. Es el puente entre la ley y las Normas Oficiales Mexicanas: establece obligaciones generales y remite a las NOM para los requisitos técnicos.

Puntos clave
- Aplica en los centros de trabajo del país, en los términos que señala el reglamento.
- Define obligaciones para patrones y trabajadores.
- Impulsa la prevención a través de las NOM, los servicios preventivos y la autogestión.
- Sustenta la actuación de la inspección del trabajo.
¿Para qué sirve?
El RFSST precisa cómo deben cumplir los patrones la obligación de garantizar condiciones seguras y saludables: identificar los peligros, aplicar medidas de prevención y control, proporcionar capacitación y equipo, llevar registros y atender los accidentes y enfermedades. Cuando la ley establece un principio general, el reglamento lo traduce en acciones concretas.
Obligaciones del patrón, en términos generales
- Conocer y cumplir las normas aplicables a su actividad.
- Adoptar las medidas para prevenir riesgos y proteger la salud.
- Proporcionar capacitación y equipo de protección personal.
- Mantener las condiciones de las instalaciones, maquinaria y equipo.
- Practicar los exámenes médicos que correspondan y llevar registros.
- Dar aviso de los riesgos de trabajo y atender a los afectados.
- Permitir la participación de los trabajadores a través de las comisiones.
Obligaciones de los trabajadores
- Cumplir las medidas de prevención, instrucciones y procedimientos.
- Usar correctamente el equipo y las herramientas.
- Participar en la capacitación y en los exámenes médicos previstos.
- Informar de peligros y de accidentes.
- Colaborar con la comisión de seguridad e higiene.
La autogestión y los servicios preventivos
El reglamento reconoce la importancia de organizar servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo y promueve esquemas de autogestión, mediante los cuales las empresas pueden demostrar su compromiso con la mejora continua. También regula la actuación de las unidades de verificación, de los laboratorios de pruebas y de otros organismos que apoyan el cumplimiento.
Relación con las NOM
Cada NOM desarrolla un tema técnico: ruido, iluminación, EPP, ergonomía, factores de riesgo psicosocial. Para saber qué le aplica a un centro de trabajo, se parte del reconocimiento de sus riesgos y de los procesos que realiza. Una vez definido el mapa de normas aplicables, se organizan las acciones y los documentos requeridos.
Cómo se vincula con la inspección
La inspección del trabajo verifica el cumplimiento de las obligaciones. Los registros, programas, constancias y evidencias de lo realizado son la base de una inspección ordenada. Por eso, más que tener los documentos “a la mano” el día de la visita, es recomendable contar con un sistema que los genere y actualice de forma continua.
Perspectiva de GRS Detección
En GRS Detección vemos el reglamento como el marco que convierte la prevención en una responsabilidad operativa: personas, procesos y evidencias. Cuando la información de salud y de condiciones de trabajo está ordenada, es mucho más fácil responder a los requisitos del reglamento y de las NOM.
Preguntas frecuentes
¿El reglamento sustituye a las NOM?
No. El reglamento establece el marco general; las NOM desarrollan los requisitos técnicos específicos por tema, actividad o riesgo.
¿Aplica a empresas de jurisdicción local?
La aplicación depende del ámbito de competencia, federal o local, y de lo que establezcan las leyes y reglamentos de cada materia. Conviene verificarlo con asesoría especializada.
Fuentes y referencias
- Diario Oficial de la Federación (DOF)
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)
- STPS: Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASINOM)
- Ley Federal del Trabajo (Cámara de Diputados)
Contenido informativo. No sustituye la asesoría legal o médica profesional. Las normas pueden actualizarse: confirma la versión vigente en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de la STPS.



