Polvos, humos, vapores, gases y neblinas están presentes en muchas actividades: manufactura, agroindustria, limpieza, laboratorios, mantenimiento. La NOM-010-STPS-2014 establece las condiciones para reconocer, evaluar y controlar los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y así prevenir daños a la salud.

Puntos clave
- La norma exige reconocer las sustancias presentes, evaluar la exposición y controlar el riesgo.
- Establece límites máximos permisibles de exposición (LMPE) para diversas sustancias.
- Requiere informar a los trabajadores y vigilar su salud cuando existan exposiciones relevantes.
- Se complementa con las normas de sustancias peligrosas y de comunicación de peligros.
Los tres tipos de límites
Los LMPE se expresan de tres formas:
- PPT (promedio ponderado en el tiempo): concentración promedio para una jornada de 8 horas.
- CT (corto tiempo): concentración promedio en periodos breves de exposición.
- P (pico): concentración que no debe superarse en ningún momento.
Los valores se establecen para cada sustancia y se comparan con los resultados de los muestreos ambientales.
Etapa 1: reconocimiento
Consiste en identificar las sustancias que se usan o se generan, sus propiedades, las áreas y los puestos en que hay exposición, las vías de ingreso al cuerpo (inhalación, piel, ingestión) y la duración. Las hojas de datos de seguridad de los productos son una fuente clave de información.
Etapa 2: evaluación
Se realiza mediante mediciones con métodos y equipos adecuados: bombas de muestreo con medios de captación, instrumentos de lectura directa y análisis en laboratorios competentes. Los resultados se comparan con los límites y se documentan. Cuando hay cambios en procesos, materiales o controles, se repite la evaluación.
Etapa 3: control
Aplican las prioridades conocidas:
- Eliminar o sustituir la sustancia por otra menos peligrosa.
- Controles de ingeniería: extracción localizada, ventilación, cabinas, procesos cerrados.
- Controles administrativos: reducir tiempos de exposición, procedimientos, señalización, orden y limpieza.
- EPP: respiradores, guantes y ropa resistentes a la sustancia, como última barrera.
Vigilancia de la salud
Cuando hay exposición a agentes químicos, el servicio médico determina los exámenes específicos que correspondan —por ejemplo, espirometría para polvos o estudios de laboratorio para ciertas sustancias— y su periodicidad, con base en el riesgo. Los resultados se comparan en el tiempo y con los datos ambientales para valorar si los controles funcionan.
Comunicación de peligros
Los trabajadores deben saber qué sustancias manejan, qué riesgos implican y cómo protegerse. El Sistema Armonizado de identificación y comunicación de peligros (etiquetas, pictogramas y hojas de datos de seguridad) está regulado por la NOM-018-STPS-2015 y permite entender rápidamente la información esencial.
Situaciones frecuentes
- Productos de limpieza y desinfección usados sin ventilación.
- Mezclas improvisadas de productos incompatibles.
- Envases sin etiqueta o trasvasados sin identificar.
- Aplicación de solventes, pinturas o adhesivos en espacios cerrados.
- Sanitizantes y fungicidas poscosecha en empaques agrícolas.
Perspectiva de GRS Detección
En GRS Detección consideramos que la evaluación de agentes químicos es un ejemplo del valor de la información integrada: el dato ambiental dice cuánta sustancia hay, el dato médico muestra cómo responde el organismo y el análisis conjunto permite decidir si el control es suficiente.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa LMPE?
Límite máximo permisible de exposición: la concentración de una sustancia en el aire a la cual se considera que la mayoría de los trabajadores pueden exponerse sin efectos adversos, según los valores y condiciones de la norma.
¿Siempre se necesita medir el ambiente?
La norma establece cuándo es necesaria la evaluación según el reconocimiento de las sustancias y los riesgos; si no se evalúa, debe justificarse con criterios técnicos.
Fuentes y referencias
- STPS: Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASINOM)
- OSHA: Occupational Safety and Health Administration
- NIOSH (CDC): Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional
Contenido informativo. No sustituye la asesoría legal o médica profesional. Las normas pueden actualizarse: confirma la versión vigente en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de la STPS.



