La cadena de custodia es el registro documentado de quién tuvo la muestra, cuándo y bajo qué condiciones, desde que se toma hasta que se obtiene su resultado final. En pruebas antidoping, es la garantía de que el resultado corresponde a la persona evaluada y de que la muestra no fue alterada.

Puntos clave
- Protege la identidad de la muestra y la integridad del resultado.
- Es indispensable cuando un resultado presuntivo se envía a confirmación.
- Incluye identificación, verificación, sellado, registro y resguardo.
- También protege a la persona evaluada frente a errores o sospechas infundadas.
Los pasos básicos
- Identificación de la persona con documento oficial y registro de datos.
- Información y consentimiento: se explica el procedimiento, la finalidad y el manejo de resultados.
- Preparación del espacio: un sitio privado, limpio y sin sustancias que puedan alterar la muestra.
- Toma de la muestra, de acuerdo con el protocolo definido.
- Verificación de la muestra: apariencia, volumen y temperatura, que suele revisarse en pocos minutos tras la toma.
- Identificación y sellado del recipiente con el código correspondiente, firmado o rubricado por la persona.
- Registro del resultado en el formato de la prueba.
- Si hay positivo presuntivo: envasado, sellado y envío al laboratorio, con documento de cadena de custodia.
Qué debe contener el formato
- Datos de la persona evaluada y de la empresa.
- Fecha, hora y lugar de la toma.
- Código de identificación de la muestra.
- Nombre y firma de quien realiza la toma.
- Observaciones: medicamentos declarados, incidencias, condiciones de la muestra.
- Registro de cada transferencia de la muestra, con fecha, hora y firma.
Señales de muestra adulterada
Una temperatura fuera del rango esperado, un color o aroma inusual, la presencia de espuma o partículas y resultados incompatibles con la fisiología humana pueden indicar dilución, sustitución o adulteración. En esos casos no debe improvisarse: se documenta, se aplica el procedimiento previsto —como una segunda toma bajo observación adecuada— y se evita acusar sin pruebas.
Privacidad y respeto
El procedimiento debe garantizar la privacidad de la persona y el trato digno. Los resultados solo se comunican a quienes estén autorizados, y se resguardan como datos personales sensibles. Es recomendable que la empresa informe previamente a sus trabajadores sobre las políticas, las sustancias evaluadas, los puestos y las circunstancias en que se aplican las pruebas.
Qué pasa con un positivo
Un resultado presuntivo positivo no es una sanción. La empresa debe seguir el procedimiento previsto en su política: confirmar la muestra, escuchar a la persona, considerar tratamientos médicos declarados y actuar conforme a la ley y su reglamento interior. Los criterios deben ser conocidos de antemano y aplicarse de forma consistente.
Errores frecuentes
- Realizar pruebas sin formato ni registro.
- No sellar ni identificar correctamente la muestra.
- Comunicar resultados de manera informal.
- No conservar los registros por el plazo definido en la política.
Perspectiva de GRS Detección
En GRS Detección entendemos que la confianza en un programa antidoping depende de su procedimiento. Una cadena de custodia ordenada y comprensible permite que el resultado se sostenga ante cualquier revisión y protege el trato digno de las personas.
Preguntas frecuentes
¿Es necesaria la cadena de custodia en una prueba rápida?
Es recomendable siempre, y especialmente cuando existe la posibilidad de enviar la muestra a confirmación. Permite demostrar que la muestra evaluada corresponde a la persona.
¿Cuánto tiempo deben conservarse los registros?
El plazo debe definirlo la política de la empresa, considerando la normatividad aplicable y las necesidades de aclaración o defensa, y debe comunicarse de forma transparente.
Fuentes y referencias
- Ley Federal del Trabajo (Cámara de Diputados)
- Secretaría de Salud
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (Cámara de Diputados)
Contenido informativo. No sustituye la asesoría legal o médica profesional. Las normas pueden actualizarse: confirma la versión vigente en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de la STPS.



